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La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a 13 años de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa y 6 meses más por quebrantamiento de condena, a L.D.M., acusado de apuñalar hasta en 12 ocasiones a su pareja en una travesía de la calle Mayor de Guadalajara, en presencia de la hija de ambos, en agosto de 2013, y causarle algunas secuelas.
La condena ha supuesto un año menos de los 14 que pedía la Fiscalía por un delito de asesinato en grado de tentativa y once meses más por haberse saltado la medida cautelar que tenía de no acercarse a la víctima tras una denuncia de esta por presuntos malos tratos, según ha confirmado a Europa Press el abogado de la acusación, Alejandro Condor.
Los hechos juzgados el pasado 16 de enero en la Audiencia de Guadalajara y se remontan al 2 de agosto de 2013, en que, L.D.M, arrepentido de lo sucedido, según declaró en la vista, asaltó a la víctima con un cuchillo de cocina de unos 14 centímetros, cuando salía de una zapatería, y le propinó una docena de puñaladas por las que ha sufrido algunas secuelas y cicatrices.
Según la sentencia, queda probado el delito de asesinato al entender que se dio el factor sorpresa, algo que no comparte el letrado del condenado, quien niega la existencia de este factor sorpresa.
"No se produce el factor sorpresa ya que hay varios testigos que vieron juntos a la víctima y su defendido. Existen relatos practicados en el juicio que contradicen la declaración de la víctima en cuanto al factor sorpresa se refiere, que es en lo que basa la sentencia la condena por asesinato", de ahí que Condor baraje ahora la posibilidad de recurrirla ante el Supremo al entender también que dicha sentencia "es excesiva, desmesurada, y poco motivada".
Para Condor, la Sala ha tenido especialmente en cuenta la declaración de la víctima y el informe de lesiones del médico forense pero "ha omitido cualquier pronunciamiento al respecto sobre las declaraciones de los testigos que hablan de una discusión previa a los hechos".
El letrado del procesado sigue pensando que no hubo asesinato sino tentativa de homicidio, insistiendo en que "no se produce el factor sorpresa".
Por otra parte, la sentencia no tiene en cuenta la petición de la Fiscalía y de la Acusación particular y no retira al acusado la patria potestad sobre la hija, que hoy tiene algo más de cuatro años y deja sin efecto la orden de alejamiento con respecto a la niña. En este sentido, Condor espera que su defendido pueda comunicarse "en breve" con la hija.