20 diciembre 2013

El Ayuntamiento de Yunquera establece una bonificación del 50% de la cuota del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles para las viviendas que sean residencia habitual de familias numerosas

PARA QUE DICHA BONIFICACIÓN PUEDA INCLUIRSE EN EL PADRÓN DEL IMPUESTO DEL AÑO 2014 SERÁ PRECISO PRESENTAR LA SOLICITUD ANTES DEL 1 DE FEBRERO DEL AÑO ENTRANTE EN LAS OFICINAS DEL AYUNTAMIENTO DE YUNQUERA EN HORARIO DE 8:30 A 14:00 HORAS DE LUNES A VIERNES O BIEN EN EL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN.


El Ayuntamiento de Yunquera de Henares tiene establecida una BONIFICACIÓN del 50% de la cuota del (I.B.I.) IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES a las viviendas que sean residencia habitual de FAMILIAS NUMEROSAS.

Para poder aplicar esta bonificación es requisito imprescindible que se solicite por escrito en el Servicio Provincial de Recaudación o directamente en las oficinas del Ayuntamiento de Yunquera de Henares de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas. Aquellas familias que tengan concedida la bonificación de años anteriores NO tendrán que volver a solicitarla.

A la solicitud habrá que acompañar: Copia del último recibo del I.B.I., título de familia numerosa y volante de empadronamiento de las personas que residen en el inmueble para el que se solicita bonificación.

Para que la bonificación pueda incluirse en el padrón del Impuesto del año 2014, es preciso que las solicitudes de bonificación se presenten antes del 1 de febrero del año entrante.