LAS LISTAS PODRÁN SER CONSULTADAS PARA SU EXAMEN POR LOS INTERESADOS EN EL SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN (CALLE ATIENZA, Nº 4, DE GUADALAJARA, TELÉFONO 949887582, FAX 949247509, CORREO ELECTRÓNICO INFORECAUDACIÓN@DGUADALAJARA.ES) COMO EN EL AYUNTAMIENTO DE YUNQUERA DE HENARES (PLAZA MAYOR, 1, TELÉFONO 949330001, FAX 949330039) DURANTE EL PLAZO DE 15 DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EDICTO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, QUE HA TENIDO LUGAR EL 16 DE MAYO DE 2014
El Servicio Provincial de Recaudación ha expuesto al publico las listas cobratorias del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondientes al ejercicio 2014.
Dichas listas pueden ser consultadas para su examen por los interesados durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, que ha tenido lugar el 16 de mayo de 2014. La consulta puede efectuarse tanto en el Servicio Provincial de Recaudación (calle Atienza, nº 4, de Guadalajara, teléfono 949887582, fax 949247509, correo electrónico inforecaudació n@dguadalajara.es) como en el Ayuntamiento (Plaza Mayor, 1, teléfono 949330001, fax 949330039).
Contra los actos liquidatorios de las cuotas resultantes cabe recurso de reposición ante el Sr. Diputado-Delegado de Economía y Hacienda de la Diputación Provincial de Guadalajara, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del periodo de exposición al publico.
El plazo de ingreso en periodo voluntario es el comprendido entre el día 5 de junio y el 29 de agosto de 2014, ambos inclusive. La comunicación del periodo se llevara a cabo también en forma colectiva, y se publicarán los respectivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón del Ayuntamiento, así como mediante la inserción de anuncios en la prensa provincial. Transcurrido el plazo para el ingreso en voluntaria se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses de demora y gastos de procedimiento que correspondan.
Los sujetos pasivos que tengan domiciliado el pago de este tributo en una entidad financiera tendrán una bonificación del 3% de la cuota.
Los recibos del impuesto se remitirán por correo a los contribuyentes (salvo que el pago se haya domiciliado o que la cuota liquida sea inferior a 1 euro), que se componen de dos ejemplares; el primero para el contribuyente, con poder liberatorio una vez validado mecánicamente o con sello y firma autorizada de la entidad colaboradora, y el segundo para entidad colaboradora. Los contribuyentes que no reciban el juego de impresos o que los hubieren extraviado podrán solicitar una segunda copia al Servicio Provincial de Recaudación.